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    Reticencia e inexactitud en el contrato de seguros

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    Artículo de reflexiónA través de esta investigación jurídica se analizará la problemática existente entre las compañías aseguradoras y los tomadores de este producto, la cual consiste en la aparente posición dominante en el contrato de seguro y la posición de indefensión y de desigualdad en que se encuentran los tomadores de este servicio, pues la legislación vigente, de manera especial, contiene instituciones jurídicas como la excepción de reticencia e inexactitud en el contrato de seguro a favor de estas compañías, quebrantando posiblemente la igualdad constitucional, y el equilibrio contractual que debe asistir a todos los gobernados, máxime en un contrato de adhesión.37 p.INTRODUCCIÓN 1. CONTRATO DE SEGUROS 2. OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA Y DEL TOMADOR 3. RETICENCIAS E INEXACTITUDES EN LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DEL RIESGO 4. ESTUDIO DE LA RETICENCIA E INEXACTITUD EN EL ESTADO DEL RIESGO EN LA ACTUALIDAD JURISPRUDENCIAL CONCLUSIONESPregradoAbogad

    Del contrato de seguro de vida: un estudio sobre las objeciones al pago de la indemnización por reticencia e inexactitud en la información

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    Trabajo de investigaciónEn un contrato de seguros la declaración de asegurabilidad es un principio y un vehículo, por el cual el conocimiento de las circunstancias, definen el riesgo que llega al asegurador; se dejará claro que los beneficiados sea por inocentes o incautos al dar la información requerida al momento de diligenciar la declaración de asegurabilidad, dan lugar a que se genere la objeción al pago del siniestro por parte de la compañía aseguradora y se presente la reticencia e inexactitud; la buena fe debe ser el principio de ambas partes del contrato. Si la inexactitud o la reticencia prevista en el artículo 1058 del Código de Comercio se presenta por error del tomador, si es culposo se produce la nulidad relativa del contrato, si la reticencia o inexactitud de error inculpable del tomador el contrato no será nulo, en caso de presentarse el siniestro, pero la aseguradora pagará sólo un porcentaje de la prestación asegurada equivalente a la tarifa o prima estipulada. En la etapa contractual, las partes deben comportarse dando información veraz, la aseguradora confía en el tomador y no entra a verificarlas, porque en la práctica resulta imposible hacerlo, se respeta la “intimidad” del asegurado, cada vez que se celebra un contrato, es deber de conducta proceder de buena fe, la ley es perentoria dentro de la normatividad del Seguro de Vida, “el asegurado no podrá considerarse exento” a lo referido en el artículo 1058, ni las sanciones a que su infracción de lugar. Los entes jurídicos como la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia conocen de demandas contra aseguradoras, por no pago de la indemnización producto del siniestro, pero define el fallo a favor de las compañías, por inexactitud de la información en la declaratoria de asegurabilidad, sea culposa, dolosa o exenta de culpa; pero que se presenta la reticencia o inexactitud en la información, generando recursos importantes que aumentan el patrimonio de las Compañías Aseguradoras.PregradoAbogad

    Reticencia e inexactitud en el contrato de seguros

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    El desarrollo del presente análisis jurisprudencial se realizó con el fin de determinar la importancia que tiene para el asegurado de declarar sinceramente el estado de riesgo, brindando toda la información que es de su conocimiento, sin trasgedir el principio de la buena fe.Especialista en Derecho de SegurosEspecializació

    Nulidad relativa en el contrato de seguro de vida: responsabilidad, implicaciones y alcances de la inexactitud, reticencia o informaciones no sinceras por parte del asegurado

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    Artículo de investigaciónEn este documento se estudian las implicaciones jurídicas que tiene la información suministrada al momento de adquirir una póliza de seguro, en el entendido de que pueda existir en esta inexactitud, reticencia u ocultamiento de algún tipo de dato que pueda afectar directa o indirectamente el riesgo asegurado y, en consecuencia, el cálculo actuarial que podría llevar a cambiar el valor de la póliza, el valor de la prima, e incluso a determinar la condición de no asegurable, en situaciones que a la final puedan conducir a declarar la nulidad relativa.INTRODUCCIÓN 1. El contrato de seguro: naturaleza y configuración jurídica 2. Información precontractual de asegurabilidad y su presunción de buena fe desde la legislación colombiana 3. Profundización jurisprudencial en la información precontractual y buena fe en la celebración de seguros de vida en Colombia 4.Conclusiones BibliografíaPregradoAbogad

    De la reticencia en el contrato de seguro: un estudio sobre la inobservancia al principio de la buena fe contractual y sus consecuencias

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    Artículo de ReflexiónLa reticencia o inexactitud en el contrato de seguro se presenta cuando el tomador del seguro no hace una declaración sincera del estado del riesgo al momento de celebrar el contrato, lo cual genera nulidad relativa del negocio jurídico con posterioridad. El asegurador, quien tiene amplia experiencia en el campo, omite el deber de informarle al tomador del seguro el riesgo al cual está expuesto al no hacer una declaración del estado del riesgo sincera, ya que al configurarse la reticencia o inexactitud el asegurador tiene la facultad de no pagar el siniestro que se llegue a presentar. El asegurador no atiende el principio de buena fe que caracteriza el contrato de seguro y hace que nazca a la vida jurídica un contrato de seguro viciado, lo cual le beneficia al momento de ocurrir un siniestro.INTRODUCCIÓN. I. CONTEXTUALIZACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO II. PRINCIPIOS ESPECIALES DEL CONTRATO DE SEGURO. III. LA RETICENCIA EN EL CONTRATO DE SEGURO POR INOBSERVANCIA AL PRINCIPIO DE LA BUENA FE CONTRACTUAL CONCLUSIONES. REFERENCIAS.PregradoAbogad

    La constitucionalización del derecho de seguros en colombia. Evidencia de las transformaciones del derecho privado

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    A partir de un marco conceptual que da cuenta de cómo se han formado distintas globalizaciones del derecho y el pensamiento jurídico, se muestra cómo el entendido sobre el Derecho Privado ha cambiado en el tiempo y cómo esto ha determinado la evolución del derecho de seguros, en especial del contrato de seguros, en Colombia. Así, la historia que cuenta este artículo inicia a comienzos del siglo XX y muestra cómo la autonomía de la voluntad y el libre mercado determinaban el derecho de seguros; sigue y aborda la segunda globalización, caracterizada por la primacía de los intereses sociales y el intervencionismo estatal, y evidencia cómo estos formaron una nueva versión con un mercado asegurador regulado y un contrato reglado en un nuevo Código de Comercio; finaliza con la tercera globalización, la cual se analiza a partir de la constitucionalización, considerado como el fenómeno que la caracteriza, y a partir de ella, contrastan las construcciones que la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia y la Corte Constitucional de la República de Colombia han hecho para determinar las obligaciones de las partes en la formación del estado del riesgo asegurable.Based on a conceptual framework that shows how different globalizations of law and legal thought have occurred, it is shown how the understanding of Private Law has changed over time and how the evolution of Colombian insurance law has been determined by that. Thus, the story that this article tells us begins at the beginning of the 20th century and shows how the Liberty of Contract and the free market determined the right of insurance; follows and addresses the second globalization, characterized by the primacy of social interests and state interventionism, and shows how they formed a regulated insurance market and a regulated contract in a new Commercial Code; ends with the third globalization, which is analyzed from the constitutionalisation considered as the phenomenon that characterizes it, and from it, contrast the constructions that the Supreme Court of Justice of the Republic of Colombia and the Constitutional Court have done to determine the obligations of the parties in the formation of the insurable risk state

    El concepto de reticencia e inexactitud en el contrato de seguro de vida

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    El alcance de este trabajo es dar a conocer el concepto de la reticencia e inexactitud en el contrato de seguro y en especial en el seguro de vida; revisar su fundamento desde el principio de la buena fe, determinar cuáles son sus efectos jurídicos de acuerdo con la legislación comercial y hacer una comparativa de sus alcances conforme a lo establecido en la norma legal y junto con las sentencias proferidas en sede de tutela por la Corte Constitucional.The scope of this work is to make known the concept of reticence and inaccuracy in the insurance contract and especially in life insurance; review its foundation from the beginning of good faith, determine what are its legal effects in accordance with commercial law and make a comparison of its scope in accordance with the provisions of the legal rule and to together with the judgments delivered in the seat of guardianship by the Constitutional court.Especialista en Derecho de SegurosEspecializació

    ¿Debe Colombia replantear el tratamiento legal a la reticencia e inexactitud en la declaración del riesgo en materia de seguros? Panorama comparado de este problema frente a las legislaciones española, francesa, y suiza

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    In the most recent Colombian decisions, the Court’s interpretation of Reticence includes elements which are not contained in the respective legislation. These pronouncements should lead us to reflect on the matter. Does Colombian commercial law require a change to take this new reality into account? We intend to address the problem by conducting a comparative analysis through the examination of other legislations that are seen as a reference on this subject, and by providing useful analysis to resolve the problem.La reciente jurisprudencia colombiana ha incorporado una visión de la reticencia que comprende elementos no contemplados en la legislación sobre la materia. Estos pronunciamientos deben llamar a reflexión. ¿Acaso la legislación mercantil colombiana requiere una modificación que dé cuenta de una nueva realidad? Se propone abordar este problema, realizando un análisis comparativo frente a legislaciones internacionales que han sido referente en esta materia, procurando brindar elementos de análisis útiles para su solución

    Régimen de anulabilidad del contrato de seguro por declaración inexactas o reticentes

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    Con ocasión de la atribución de funciones jurisdiccionales a la Superintendencia Financiera de Colombia, se ha dado paso a la creación de una jurisdicción especializada en materias cuyo juez natural, dentro de la justicia ordinaria, no conocía, aparentemente, a profundidad, y, en esa medida, generaba desconfianza en los distintos sectores expuestos a sus decisiones. Transcurridos más de cinco años desde la entrada en vigencia de la Ley 1480 de 2011, que, en su artículo 57, introdujo esta facultad en la Superintendencia, se procederá a establecer las distintas posiciones adoptadas por el juez ordinario (Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil) y el juez especializado, en lo relacionado al contrato de seguro, y más específicamente, en lo referente a las reticencias e inexactitudes que de éste se desprenden.Due to the attribution of jurisdictional functions to the “Superintendencia Financiera de Colombia”, it has been given way to the creation of one jurisdiction specialized in matters which natural judge did not know about, in appearance, deeply, and, in that way, caused distrust in those who were exposed to their judgments. Based on the fact that have passed more than five years since the entry into force of the “Ley 1480 de 2011”, which in its 57 article introduced this faculty to the “Superintendencia Financiera de Colombia”, this text pretends to establish differences between the positions of the natural judge (Supreme Court of Colombia) and the specialized judge (Superintendencia Financiera de Colombia), relative to the insurance contract, and more specifically, with regard to false declarations or inaccuracies from this contract.Especialista en Derecho de SegurosEspecializació

    Los deberes informativos de declaración del riesgo y de declaración del siniestro en la legislación española.

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    Dentro de los deberes que se imponen al asegurado sin duda son de importancia capital para el mantenimiento del equilibro en las prestaciones recíprocas, el cabal cumplimiento del deber de proporcionar información relativa al riesgo objeto de cobertura, pues de ella deriva la apreciación, por parte del asegurador, del riesgo asegurado. Por otra parte, una vez hubiera acaecido el hecho dañoso, informar del mismo corresponde también al asegurado, pues de otra manera se impide que el asegurador cumpla con su obligación de pago de la indemnización. Así pues, este trabajo aborda ambos eventos esperando que la proyecta reforma de su régimen jurídico permita una mejora del mismo.The duties imposed on the insured certainly are of paramount importance for the maintenance of balance in the reciprocal duties of the insurance contract. Consequently full compliance with the duty to provide pre-contractual information related to the risk is relevant, since from it derives the assessment, by the insurer, of the scope of the insured risk. On the other hand, once the loss has occurred, the duty to report it also corresponds to the insured, otherwise the insurance company could be prevented to fulfill its obligation to pay the agreed compensation. Thus, this paper addresses both events hoping the projected reform allows for improvement
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